Este miércoles, la Corte de Apelaciones entregó su fallo ante los recursos de protección que se interpusieron contra la ANFP luego que el Tribunal de Disciplina sancionaran a casi 13 mil hinchas de Colo Colo, luego de los incidentes que ocurrieron en la Supercopa ante Huachipato.
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Contexto en que la Primera Sala determinó la inadmisibilidad de la acción judicial, apelando al artículo 20 de la Constitución Política de la República, señalando que «la acción impetrada no reúne los requisitos que permitan declarar su admisibilidad, toda vez que no resulta ser la vía idónea al efecto, existiendo mecanismos de impugnación de acuerdo al artículo 47 del Código de Procedimiento y Penalidades de la ANFP».
Mencionando que el Ministro Jorge Luis Zepeda fue el voto disidente dentro de la Corte de Apelaciones, ya que apuntó que dichos recursos de protección debieron haberse tramitado «teniendo para ello presente que se mencionan hechos que pueden constituir vulneración a las garantías constitucionales indicadas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República».
Finalmente, Alejandro Rivera y Lorena Araya terminaron inclinando la balanza en contra de los fanáticos del Cacique, quienes deberán cumplir con el castigo de 5 fechas sin ingresar al Monumental, a menos que la apelación de Blanco y Negro ante el Tribunal de Disciplina de la ANFP tenga efecto.